Asunto: Conducta Profesional
Per Curiam
En esta Querella, a pesar de que el Tribunal Supremo (TS) concluye que no se infringieron los cánones 15, 17 y 35 de Ética Profesional, nos indica: "apercibimos a los abogados a que actúen con mucha cautela en la representación de sus parientes. Les recomendamos estar muy atentos, pues en este tipo de escenario puede fácilmente perderse la objetividad en los procesos e incurrir, sin darse cuenta, en una conducta sancionable."
La situación que da base a la Querella versa sobre ciertas disputas que tuvo la prima del Querellado con su ex-marido. Ante esto, representada por el Querellado, la prima solicita varias órdenes de protección y, además, que se encontrara al ex-marido en desacato, al no haber pagado la pensión alimentaria durante cierto periodo de tiempo. El ex-marido presenta una Querella contra el Querellado imputándole la violación a los cánones 15 (entre otras cosas, no actuar por animosidades del cliente), 17 (entre otras cosas, no actuar simplemente por molestar a la parte contraria) y 35 (deber de sinceridad y honestidad). Particularmente, le imputó al Querellado el haber promovido órdenes de protección inmeritorias y haber solicitado la pensión alimentaria a pesar de que le constaba de personal conocimiento que éste (el Querellante) había estado conviviendo con su prima por el periodo que había dejado de pagar dicha pensión.
El TS encuentra que no se presentó prueba suficiente para probar que el Querellado hubiera actuado en violación a los cánones antes mencionados, pues las órdenes de protección se solicitaron para evitar situaciones mayores entre los ex-esposos y no quedaba claro del expediente que se supiera con certeza que las dos personas estaban, en efecto, conviviendo. Tanto el Querellado como su cliente notificaron al Tribunal que el Querellante sí se quedaba en la casa, pero que no compartía gastos ni "convivía" con su ex-esposa. Entiende el TS que el término "convivencia" de la forma en que se presentaba en este caso, era difícil de precisar.
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