Materia: Conducta Profesional
Per Curiam
Se suspende inmediata e indefinidamente al Lcdo. Hiram A. Meléndez Rivera por haber éste incurrido en conducta que implica depravación moral al haberse declarado culpable de 6 delitos de "Negligencia en el Cumplimiento del Deber" (Art. 266 del Código Penal del 2004). Los hechos que dieron base a estos delitos se resumen en que mientras el licenciado Meléndez Rivera fungía como Director Ejecutivo de ACCA (2005 - 2008), se le imputó el haber utilizado indebidamente "la tarjeta corporativa de la [Agencia] para gastos extravagantes e innecesarios, que comprendían estadías en hoteles en Puerto Rico, consumo en restaurantes en el área de San Juan y estadías fuera de Puerto Rico en asuntos que fueron catalogados como no oficiales."
Le reitera el Tribunal a todos los abogados que "[p]ara evitar exponerse a los pormenores de un proceso disciplinario por cualquier conducta de las antes indicadas hemos insistido en que todo miembro de la profesión legal debe conducirse en forma digna y honorable, tanto en su vida privada como familiar." Además, a todo abogado se le impone la responsabilidad de evitar hasta la apariencia de conducta impropia.
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